18 de junio de 2026 - 19:05 La expresidenta argentina Cristina Fernández de Kirchner busca que se modifiquen las restricciones impuestas a su régimen de prisión domiciliaria en el marco de la causa Vialidad. Sus abogados presentaron un recurso de apelación ante la Cámara de Casación que busca revertir la resolución del juez Rodrigo Giménez Uriburu, quien recientemente rechazó los pedidos de flexibilización solicitados por la exmandataria.
El reclamo de la defensa
El pedido de Fernández se centra en tres puntos específicos: el retiro de la tobillera electrónica, la autorización para recibir visitas y el libre acceso a la terraza del edificio de la calle San José 1111, donde cumple su detención. Según el escrito judicial, la limitación impuesta a las visitas carece de "sustento empírico", argumentando que el objetivo de preservar la tranquilidad del barrio no tiene base real, dado que no existen quejas de los vecinos del edificio.
Respecto al uso del dispositivo de vigilancia electrónica, los letrados citaron informes del Consejo de la Magistratura para sostener que su implementación debe ser de "carácter excepcional". La defensa afirma que las condiciones actuales poseen una "severidad" que no coincide con el trato que recibe la mayoría de las personas bajo arresto domiciliario y subrayan que no existe riesgo de fuga que justifique el uso de la tobillera.
Esta apelación se produce un día después de que el Tribunal Oral Federal 2 ratificara la continuidad de la prisión domiciliaria, reconociendo que Kirchner ha mantenido una "actitud de colaboración y buena predisposición". Los informes de control correspondientes al último trimestre destacan un trato cordial y el cumplimiento estricto del régimen, verificando que la expresidenta solo abandonó su domicilio para comparecencias judiciales y tratamientos médicos autorizados.
No obstante, la defensa recordó que las condiciones de detención se endurecieron tras una visita de un grupo de economistas el pasado 17 de noviembre. En el recurso presentado, cuestionan que el cumplimiento riguroso de las obligaciones no haya generado beneficios para la procesada, calificando la resolución del juez de instrucción como arbitraria.