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Neymar sancionado con tres partidos; Barcelona recurrirá

El brasileño se perderá el partido clásico del 23 de marzo ante el Real Madrid en el Santiago Bernabéu

11 de abril de 2017 - 00:00

El Comité de Competición de la Federación Española de Fútbol (RFEF) decidió sancionar con tres partidos al delantero brasileño del Barcelona Neymar, por su expulsión en el partido de la pasada jornada de Liga frente al Málaga en La Rosaleda (2-0).

Neymar se perderá el clásico ante el Real Madrid del 23 en el Santiago Bernabéu. El Barcelona recurrirá en breve la sanción.  A pesar de que aún no ha concretado los aspectos del recurso, estos podrían estar relacionados con alguna de las tarjetas amarillas recibidas en el partido de Málaga, que le ocasionaron la expulsión, pero sobre todo la sanción de dos partidos por aplaudir cuando entraba en el túnel de vestuarios, como así relató el árbitro en el acta.

En defensa de Neymar, el Barcelona había argumentado que éste no tuvo "ninguna intención o ánimo de injuriar, ofender, desacreditar o desconsiderar al árbitro".

El Barça cuestionó la literalidad del acta arbitral ya que Neymar "no pronunció palabra alguna, ni advirtió, ni gritó, ni tocó, ni de ninguna otra manera aludió con palabras o gestos al estamento arbitral, limitándose su acción a aplaudir".

Según su escrito, el club insiste en que el cuarto árbitro interpretó que el aplauso que realiza el brasileño "se dirige hacia su persona, no teniendo sin embargo mucho sentido tal acción, puesto que en aquel momento el cuarto árbitro no había adoptado decisión alguna ni cabía entenderlo como una reacción personal hacia el mismo".

El Comité, en su resolución, rechaza los argumentos del Barcelona y reitera que para apreciar error material manifiesto en el acta arbitral es necesario que el recurrente aporte pruebas inequívocas, algo que no hace el Barcelona, "ni videográfica, ni de ningún otro tipo" para apoyar su versión de los hechos, por lo que "no puede desvirtuar la presunción de veracidad del acta" y debe ceñirse a la "literalidad de la misma".

"Esto es, que el jugador tras ser expulsado se dirigió al cuarto árbitro aplaudiéndole. Este Comité considera este tipo de acción como claramente subsumible en el tipo infractor del artículo 117 del Código Disciplinario de la RFEF, como un acto de desconsideración hacia el colegiado. Hemos de resaltar que la acción desconsiderada consiste en el mismo aplauso, que es reconocido por el propio club alegante", añade.

EFE

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