Este martes se celebró una audiencia en la que se formalizó a un hombre por los episodios de violencia ocurridos en Toledo tras el partido clásico por el Torneo Clausura.
Para continuar, suscribite a Telenoche. Si ya sos un usuario suscripto, iniciá sesión.
SUSCRIBITEEl abogado del imputado este martes señaló que no se puede juzgar “desde el control remoto”; el representante de la víctima dijo que fue “un acto de barbarie”.
Este martes se celebró una audiencia en la que se formalizó a un hombre por los episodios de violencia ocurridos en Toledo tras el partido clásico por el Torneo Clausura.
Allí, seis hinchas de Nacional llegaron a una vivienda donde otras personas comían un asado, con intenciones de robar una bandera de Peñarol. Uno de los parciales de Nacional abrió fuego sobre los presentes, y uno de ellos, policía, repelió el ataque y abatió a dos de los agresores.
Un amigo del funcionario policial salió de la casa y golpeó a uno de los baleados, que se encontraba en el piso. Este hombre fue formalizado el martes por los delitos de justicia por mano propia, omisión de asistencia y violencia privada.
Rodrigo Rey, abogado de este imputado, dijo que su defendido formaba parte del “bando agredido”. El profesional señaló que no se opusieron a la formalización, ya que esta instancia solo marca el inicio de la investigación y no requiere pruebas concluyentes.
Además, sostuvo que su postura es de colaboración con la Fiscalía, aunque considera que las tipificaciones no se ajustan técnicamente al caso, al tiempo que calificó las medidas cautelares aplicadas (arresto domiciliario y prohibición de acercamiento a determinados testigos) como de “ligeramente desproporcionadas”.
Sobre el agente policial, Rey enfatizó que su defendido actuó en legítima defensa, una figura prevista en el derecho penal uruguayo desde hace más de un siglo.
Argumentó que no puede juzgarse el accionar desde la comodidad del “control remoto”, sino en el contexto del momento, cuando —según dijo— “seis personas encapuchadas con armas de fuego” irrumpieron en el lugar.
Concluyó que, a su juicio, la legítima defensa reúne todos los requisitos establecidos por el Código Penal y que el caso debería culminar en un archivo, ya que la reacción de su cliente habría sido proporcional al ataque recibido.
Por su parte, Leonardo Narancio, defensor de las familias de los jóvenes fallecidos, describió la conducta del imputado como un “acto de barbarie brutal”, al asegurar que saltó sobre el cuerpo de una de las víctimas, quien estaba desvanecida y posiblemente aún con vida. Dijo que esa acción refleja omisión de asistencia y justicia por mano propia, al intentar “rematar” a la persona en lugar de auxiliarla.
Narancio también rechazó de forma contundente la versión de legítima defensa sostenida por la defensa del policía y su amigo. Explicó que, en ese caso, no se cumplen los tres requisitos legales: falta de provocación, agresión ilegítima y racionalidad del medio empleado.
Según el abogado, las víctimas estaban desarmadas, no habían ingresado al predio y una fue abatida por la espalda mientras huía. Además, subrayó que el policía que realizó los disparos tenía entrenamiento y debía mantener el control, por lo que no puede argumentar nerviosismo o sorpresa.
Finalmente, expresó la preocupación de la familia por el mensaje social que puede dejar el caso: “¿Cuál es el mensaje? ¿Que si veo a alguien sospechoso puedo dispararle con balas de guerra?”
Suscríbete y recibe todas las mañanas en tu correo lo más importante sobre Uruguay y el mundo.
SUSCRÍBETE