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Justicia

El Tribunal de Apelaciones que actuó en el caso Besozzi votó dividido y, para la defensa, es un dato no menor

“Se vulneró el contenido esencial de las garantías procesales y el proceso no puede subsistir sin defensa efectiva”, argumentó la ministra Gabriela Merialdo.

La ministra Gabriela Merialdo entendió que “el procedimiento lesiona los principios medulares del proceso penal democrático y acusatorio”.

Para Merialdo, el quebramiento de las normas procesales y garantías constitucionales e internacionales provoca la nulidad insubsanable de las actuaciones por infracciones a los artículos 266 y 377, literal c del Código del Proceso Penal.

Según la magistrada, se incumplió con la carga de la Fiscalía en la solicitud de la formalización, la identificación de manera precisa y circunstancial de los hechos, los imputados, su participación, la calificación jurídica provisional y los elementos objetivos que fundan la sospecha.

Además, apuntó que hubo una “relación de hechos desordenada, con mención confusa y yuxtapuesta de personas, hechos y pruebas sin que el juez ni la defensa tuvieran la posibilidad de comprender cabalmente la imputación, no satisface el estándar legal ni convencional”.

En el mismo sentido, “se vulneró el contenido esencial de las garantías procesales y el proceso no puede subsistir sin defensa efectiva”.

“El principio de legalidad, la tutela judicial efectiva y la dignidad humana del imputado requieren que el proceso penal sea un ámbito de racionalidad política y no una ficción acusatoria. Si está contaminado de nulidad, todo el proceso deviene inviable”, sostuvo Merialdo.

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