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Judiciales

Moisés Martínez: existe un caso en el que la Justicia aplicó el artículo 36 del Código Penal y no hubo condena

El abogado Sebastián Serrón representó a una mujer que, en Maldonado, mató a su pareja “en un momento de conmoción psicológica”.

En ese fallo, si bien se consideraron elementos atenuantes, la Justicia entendió que no se configuraban los requisitos necesarios para excluir la pena. En particular, no se acreditó uno de los literales exigidos por la norma en el artículo 36 del Código Penal, vinculado a la existencia de denuncias recientes o actuaciones inmediatas ante situaciones de violencia, lo que resultó determinante para descartar la aplicación de una causa de impunidad.

Sin embargo, existe un antecedente reciente en Maldonado que marca una diferencia sustancial, uno de los pocos casos en Uruguay donde se aplicó el artículo.

“En este caso, que era un homicidio especialmente agravado, probamos los tres extremos y el juez, con buen criterio, en una sentencia del 2019, recogió la causa de impunidad”, explicó el abogado de la mujer que había matado a su pareja, y que no recibió condena.

El abogado remarcó que se trata de una norma de aplicación restrictiva que exige la concurrencia simultánea de tres requisitos fundamentales.

“La causa de impunidad tiene requisitos muy específicos y muy exigentes”, detalló Serrón, que agregó que “la norma dice que los tres deben concurrir en forma conjunta y si uno ya no existe, la causa de impunidad no está”.

En el caso de Maldonado, la defensa logró acreditar que la mujer actuó en un contexto de violencia sostenida en medio de una conmoción psicológica grave y tras haber recurrido sin éxito a mecanismos estatales de protección.

“Nuestra defendida, en un momento de conmoción psicológica grave, producto de la violencia que venía sufriendo de su cónyuge, le dio muerte. Ahí se configura el delito de homicidio, pero previamente ella había consultado facultativos psicólogos, psiquiatras por su angustia, había ido a los mecanismos de violencia doméstica estatales para pedir protección, había denunciado los hechos y asimismo estos no fueron adecuados para darle protección. Entonces, se configuraron los tres requisitos, nosotros lo analizamos en forma inmediata, lo solicitamos y el juez aplicó la causa de impunidad y no penó a nuestra defendida”, aclaró.

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