La Suprema Corte de Justicia determinó que el despido de una trabajadora por el uso de su celular durante el horario laboral fue “excesivo”.
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SUSCRIBITELa Suprema Corte de Justicia determinó que el despido de una trabajadora por el uso de su celular durante el horario laboral fue “excesivo”.
Según informó el semanario Búsqueda, el problema del uso de los smartphones en el trabajo fue analizado recientemente por la Suprema Corte de Justicia en el marco de un juicio laboral iniciado por una empleada de la mutualista Asociación Española, que fue despedida por usar de “forma indiscriminada” el celular durante su horario de trabajo.
El centro médico consideró que su actitud configuró una “notoria mala conducta” que lo eximió de pagarle indemnización por despido y argumentó que la prohibición de usar el celular en el horario laboral había sido incluso acordada con la asociación de funcionarios.
Sin embargo, la Justicia no estuvo de acuerdo y, en una sentencia firmada el 28 de setiembre, la Suprema Corte consideró que la medida fue excesiva y confirmó de forma definitiva la condena a la empresa.
Si bien sostuvo que la trabajadora “merecía ser sancionada”, no había cometido una falta de “tal gravedad” que justificara “la severidad de la medida” adoptada.
Según la Corte, si bien el empleador puede actuar con “un margen importante de discrecionalidad”, la potestad disciplinaria patronal no es absoluta ni puede ser “arbitraria”.
El fallo señaló que, de acuerdo con las grabaciones, la cajera miró su celular “siempre por debajo de la altura del mostrador” y lo dejaba cuando aparecía un socio para atender.
No se probó que su conducta hubiera causado un “perjuicio a su empleador, funcionarios, pacientes o afiliados”.
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