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Así son los cambios en las multas que propone la IM

El proyecto enviado este viernes a la Junta Departamental de Montevideo establece agregados en los valores de las multas por incumplimiento de las medidas sanitarias.

18 de diciembre de 2020 - 00:00

Este viernes ingresó a la Junta Departamental de Montevideo el proyecto que modifica parcialmente el decreto N° 21.626 y que generará agregados en los valores de las multas.

La intendenta de Montevideo, Carolina Cosse, había anunciado la pasada jornada que las multas de dos Unidades Reajustables (UR), unos 2.582 pesos, pasarán a costar 10 ($12.910), mientras que las aplicadas a las fiestas no autorizadas se elevarán a 54 UR (cerca de $70.000).

El proyecto que ingresó a la Junta Departamental de Montevideo contiene los siguientes cambios: 

Para espectáculos públicos

* Falta de habilitación de los locales pasa de 4 a 10 UR.

* No obtención del permiso correspondiente para bailes ocasionales por motivo de reuniones familiares tendrá una multa de ocho UR.

* No obtención del permiso correspondiente para bailes, discotecas o espectáculos en vivo con o sin cobro de entrada: 20 UR (nuevo)

* La multa por alterar la capacidad de los locales pasa de 2 a 10 UR.

* La penalización por falta de higiene, o mal funcionamiento de los gabinetes higiénicos  pasa de 4 a 10 UR.

* Fumar fuera de los sitios habilitados. Pasa de 1 a 8 UR.

En bailes:

* Falta de aislación adecuada de los locales pasa de 4 a 20 UR.

En espectáculos o eventos al aire libre:

*Falta de habilitación pasa de 2 a 20 UR.

Con respecto a la higiene en locales de espectáculos o reuniones públicas, para los teatros y cines las multas pasan de 5 a 10 UR, mientras que en los restantes locales pasan de 2 a 10 UR.

Intimaciones

* Incumplimiento a las intimaciones formuladas en forma verbal o escrita por los inspectores de la IM o Municipios en el desarrollo de sus tareas lleva una multa de  20 UR.

* Resistencia activa o pasiva a la inspección, intervención, o intimación así como cualquier acto que tenga por objeto eludir el cumplimiento de las mismas llevará una penalización de 54 UR.

* Se considera falta grave y objeto de clausura el incumplimiento de las medidas y disposiciones sanitarias tendientes a coadyuvar con las autoridades nacionales a combatir las epidemias y tendrá una multa de 54 a 350 UR.

 

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