Un productor rural de San Bautista, Canelones, fue formalizado por la Justicia por su responsabilidad en un accidente laboral que le causó la amputación de un brazo a un peón rural de su establecimiento.
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SUSCRIBITEEn abril de 2025, un peón rural sufrió la amputación de su extremidad cuando revisaba un tractor.
Un productor rural de San Bautista, Canelones, fue formalizado por la Justicia por su responsabilidad en un accidente laboral que le causó la amputación de un brazo a un peón rural de su establecimiento.
El 17 de abril de 2025, un peón rural de la localidad, sufrió la amputación de su brazo derecho mientras revisaba un tractor que previamente había denunciado que no funcionaba bien.
Según el relato de Fiscalía, el trabajador había advertido por mensaje a su empleador sobre esta situación, pero el productor no suspendió la actividad y, en cambio, le encomendó continuar sus tareas utilizando la máquina, una distribuidora de estiércol para el abono de la tierra.
El día del siniestro, la víctima revisaba la máquina con el motor encendido en un galpón sin iluminación cuando, sin darse cuenta, enganchó su ropa con el cardán, que carecía de protección, amputándole la extremidad.
En el informe elaborado por la Inspección General del Trabajo, se concluye que el siniestro es el resultado de múltiples factores de riesgo críticos que, de haber sido gestionados adecuadamente, podrían haberse evitado. Y cita, entre otras situaciones que, como operario, el hombre no había recibido capacitación previa para el manejo del dispositivo y no se le había proporcionado el manual de operación ni las etiquetas adhesivas de seguridad necesarias.
Tampoco se le había proporcionado la vestimenta adecuada para la tarea o advertido sobre la necesidad de utilizar ropa ajustada al cuerpo de manera de evitar el enganche en las partes móviles de la maquinaria.
Por estas razones, la justicia imputó al productor rural como presunto autor penalmente responsable de un delito de responsabilidad penal empresarial en concurso formal con un delito de lesiones gravísimas a título de dolo eventual.
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