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Fallo

La Justicia condenó al Estado a indemnizar a inversores de fondos ganaderos por omisión de control

El fallo establece que el MGAP y el BCU deben resarcir a los afectados sobre la base de “falta de servicio por omisión” establecido en la Constitución.

30 de julio de 2026 - 13:18

La Justicia condenó al Estado a indemnizar a inversores de fondos ganaderos por omisión de control sobre estas empresas y deberá pagar 25.000 dólares a cada uno.

El fallo fue de un tribunal de lo contencioso administrativo contra el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) y contra el Banco Central del Uruguay (BCU) por el daño ocasionado por el Estado al incumplir potestades legales que tenían de controlar a la empresa República Ganadera SRL.

Según la sentencia que publicó el diario El Observador, el juez de la causa se basó en el concepto constitucional de “falta de servicio por omisión” incluido en el artículo 24 de la Constitución.

En total, son cuatro los implicados que le reclaman al Estado y pedían un total de 269.542 dólares más intereses por concepto de daños y perjuicios, más un 20% del concepto daño por concepto pérdida de chance por entender que se privó a los damnificados a decidir qué hacer con su dinero.

Finalmente, el juez accedió a dar 25.000 dólares a cada uno de los damnificados entendiendo que se consumó un daño concreto exclusivamente patrimonial, pero por otro lado se les rechazó el 20% por concepto de costas y costos.

El MGAP y el Banco Central alegaron que no existe responsabilidad propia porque se trata de un acuerdo entre privados, pero la Justicia, en esta primera instancia, dio la razón a quienes reclaman.

Esta definición judicial sienta precedentes y jurisprudencia en casos futuros de similares características con fondos ganaderos, como por ejemplo, Conexión Ganadera, una de las estafas privadas más grandes de la historia del Uruguay.

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