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judiciales

La Justicia condenó al grafitero Ruzok por daños y deberá cumplir cuatro meses de libertad a prueba

El hombre había sido identificado como responsable de múltiples pintadas en fachadas de comercios, viviendas y edificios públicos de Montevideo.

9 de septiembre de 2026 - 19:16

La Justicia condenó este miércoles al grafitero Ruzok, de 27 años, por un delito continuado de daño especialmente agravado y dispuso que cumpla cuatro meses de libertad a prueba. El hombre había sido identificado como responsable de múltiples pintadas en fachadas de comercios, viviendas y edificios públicos de Montevideo.

El caso tomó notoriedad luego de que comenzaran a circular en redes sociales imágenes y videos en los que se veía a Ruzok realizando grafitis en distintos puntos del Centro y Ciudad Vieja. En algunos registros aparece trepando a diferentes alturas para realizar las pintadas.

Los videos generaron cuestionamientos de vecinos y comerciantes, quienes señalaron los daños provocados en las fachadas y los costos que implica remover la pintura y recuperar las paredes intervenidas sin autorización.

Ruzok fue identificado luego de que su rostro quedara registrado en cámaras de seguridad. La investigación reunió varias denuncias públicas y privadas vinculadas a los daños ocasionados por las pintadas.

La Policía lo detuvo formalmente el 28 de mayo y al día siguiente fue formalizado por un delito continuado de daño especialmente agravado. En esa instancia, la Justicia había dispuesto arresto domiciliario nocturno mientras avanzaba la investigación.

Este miércoles se conoció la resolución definitiva. Ruzok no irá a prisión, pero deberá cumplir durante cuatro meses un régimen de libertad a prueba y las condiciones establecidas por la Justicia.

Además, el hombre contaba con un antecedente por daño ocurrido en 2021, también relacionado con una pintada.

Willian Rosa, fiscal del caso, explicó a Telenoche que, en este caso, se determinó que el imputado estuvo implicado en cuatro hechos “donde se daba con su identidad”.

Rosa sostuvo, además, que terminó en una condena en régimen de libertad a prueba porque “no era ni reincidente no reiterante” y la pena mínima para el daño agravado es de tres meses de prisión.

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