26 de marzo de 2024 - 07:10 El plebiscito es un mecanismo de consulta directa para que la ciudadanía exprese si se aprueba o no un proyecto de reforma constitucional, y en las elecciones 2024 habrá varios. Se requiere al menos 50%+1 de los votos emitidos y solamente existen hojas de votación por el "SÍ". Participa todo el cuerpo electoral, salvo los electores no ciudadanos.
Estas instancias electorales son obligatorias, de la misma manera que lo son las elecciones nacionales, la segunda vuelta electoral de Presidente y las elecciones departamentales y municipales.
¿En qué plebiscitos deberá posicionarse la ciudadanía?
Por un lado está el plebiscito impulsado por Cabildo Abierto, que pretende topear los intereses máximos de los préstamos solicitados y prohibir la prisión ante eventuales deudas que contraiga la persona.
Entre sus principales artículos la reforma constitucional impulsada por Manini Ríos, expresa que la ley determinará el interés máximo permitido por todo concepto y además, en caso de que triunfe el plebiscito, no se podrá delegar a ninguna autoridad la determinación del interés máximo referido anteriormente.
Además, todas las deudas contraídas antes del 18 de julio de 2023 ya sea en moneda nacional, extranjera o unidades reajustables podrán ser canceladas por el deudor mediante el pago del monto que inicialmente se acordó.
A dicho monto, se le descontarán los pagos ya efectuados por el deudor por todo concepto, convertidos a Unidades Indexadas (UI).
La disposición impulsada comprende a cualquier individuo que tenga un total de deudas no mayores a 200 mil UI, contraídas por personas físicas, sociedades personales o agrarias.
En tanto, el PIT-CNT apunta a habilitar el plebiscito para que la edad de jubilación vuelva a ser de 60 años, la eliminación de las AFAP y equiparar las pensiones con el salario mínimo nacional.
La reforma impulsada por la central sindical lleva la jubilación nuevamente a los 60 años de edad con 30 de trabajo, y transferir los montos que actualmente están en las AFAP al Banco de Previsión Social (BPS).
De esta forma, según indica su papeleta, el sistema de Seguridad Social se organizará y gestionará únicamente a través del Estado, y de Personas Públicas No Estatales, quedando prohibidos los sistemas de ahorro individual con destino jubilatorio.
Las jubilaciones, así como pensiones, no podrán ser menores al valor del salario mínimo nacional y los ajustes no podrán ser inferiores a las negociadas en los Consejos de Salarios que se establezcan en la administración central.