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Judicial

El Poder Judicial deberá dar seguimiento a cada niño, niña y adolescente que ingrese al INAU

Los juzgados podrán notificar al INAU, requerir datos, y realizar visitas sin previo aviso, remitiendo informes a varias instituciones cada 90 días si la gravedad del caso lo amerita.

Por esta razón es que deberán de llevar un registro de cada uno de los menores y realizar un informe cada 30 días, y los magistrados deberán asistir al menos una vez cada 90 días de manera presencial a los centros donde se encuentran los menores.

Los juzgados notificarán al INAU y podrán requerirles datos de los centros de internación o realizar visitas sin previo aviso "si el caso lo amerita".

Por otro lado, los juzgados de familia deberán remitir informes a la Suprema Corte de Justicia cada 90 días, a la defensa, a la dirección del INAU, a la Institución de Derechos Humanos, si la gravedad lo amerita.

Sin embargo, en el caso de que el magistrado no sea el titular de la causa, deberá tomar medidas pertinentes conforme a la ley y remitir la novedad al magistrado natural del proceso. Esto garantiza que el seguimiento del caso sea adecuado hasta que el menor sea encontrado y/o reintegrado al centro correspondiente.

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