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Devoluciones del IRPF: a partir de este martes puede consultar si le corresponden

Estas devoluciones corresponden a liquidaciones del IRPF del año pasado y comenzarán a hacerse efectivas desde el próximo jueves 16 de junio.

14 de junio de 2022 - 08:48

A partir de este martes los contribuyentes pueden consultar en la página web de la Dirección General Impositiva (DGI) si tienen saldo a favor para cobrar del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Estas devoluciones corresponden a liquidaciones del IRPF del año pasado y comenzarán a hacerse efectivas desde el próximo jueves 16 de junio.

Cabe recordar que existe un grupo de contribuyentes que, cómo sucede año a año, tienen créditos automáticos para cobrar: los trabajadores dependientes, quienes tuvieron un único trabajo el año pasado y acceden a la devolución sin hacer la declaración jurada.

De tener devolución para cobrar, indica la DGI, la misma se hace efectiva en las redes de cobranza descentralizadas o mediante depósito bancario.

Por otra parte, a partir del 23 de junio los contribuyentes de IRPF y IASS podrán acceder al formulario de Declaración Jurada en línea con la información precargada de su actividad del 2021.

En tanto, los jubilados y pensionistas con saldo a pagar obligados a presentar Declaración Jurada, también tendrán en la página de la DGI un formulario con todos los ingresos por pasividades y pensiones, y retenciones de las diferentes instituciones previsionales.

Luego, a partir del 23 de junio los trabajadores de la DGI brindarán asistencia telefónica para quienes deban presentar la declaración jurada a través de la web.

Finalmente, a partir del 29 de junio brindarán asistencia personalizada a trabajadores dependientes, jubilados y pensionistas. La agenda para recibir asistencia personalizada estará disponible a partir del 27 de junio a través de la web, por Whatsapp al 098 134400 o llamando al 151 desde Montevideo y 2151 desde el interior, en el horario de 9:00 a 18:00 horas.

Las devoluciones con origen en la declaración jurada presentada antes del 1° de julio se podrán cobrar a partir del 15 de julio en bancos y a partir del 28 en redes de cobranza, y en meses posteriores el cobro será informado oportunamente.

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