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Publicidad electoral: cambios son inconstitucionales

12 de abril de 2016 - 00:00

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) declaró inconstitucional una parte del artículo referido a la publicidad electoral de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (Ley de Medios) por entender que obstaculiza a la libertad de expresión y el derecho de información, según dijo a Telenoche el ministro de la Corte, Jorge Larrieux.

En fallo dividido, por tres votos a dos, la Suprema Corte dio lugar al recurso presentado por el Partido Independiente. Jorge Chediak, Jorge Larrieux y Elena Martínez votaron la inconstitucionalidad mientras que Ricardo Pérez Manrique y Felipe Hounie votaron en contra.

Este artículo de la ley establecía que un 20% de los minutos gratuitos de publicidad electoral debían ser repartidos igualitariamente pero el otro 80% serían repartidos en función a la cantidad de votos obtenidos en la última elección nacional. La primera parte se entendió que era constitucional mientras que la segunda fue la que se declaró inconstitucional.

"Si consideramos a los tres canales privados más importantes de televisión abierta (4, 10 y 12) y al canal 5, el Frente Amplio tendrá 15.200 minutos, pero el Partido Independiente solo 1.840", decía el texto del recurso presentado por el Partido Independiente.

"La Corte entiende que uno de los principios democráticos es que las minorías puedan ser mayorías. Esta norma así como está redactada, no permite que las minorías informen con la misma igualdad de oportunidades", señaló Larrieux.

El ministro de la SCJ explicó que la decisión se basó en el artículo 77, numeral 11 de la Constitución que establece que el Estado debe velar por asegurar a los partidos políticos la más amplia libertad. Además, también se decidió en base a la Convención Interamericana de Derechos Humanos que plantea que no se debe obstaculizar la libertad de expresión.

"Ese artículo de la ley de medios afectaba directamente las bases de la equidad de la competencia político electoral del país y era un antecedente insólito", señaló el senador por el Partido Independiente, Pablo Mieres.

Para Mieres se trata de un fallo histórico por sus fundamentos. "El fundamento es la defensa del derecho a la igualdad entre los distintos partidos y por supuesto lo que tiene que ver con el derecho de las minorías", dijo en rueda de prensa.

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