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Tributos

Si la AUF explotara directamente los derechos de TV del fútbol debería pagar IVA, concluye informe

“Si la AUF en forma directa se hiciera cargo de los derechos del fútbol, de no estar gravada, competiría de forma desleal”, sostuvo Leonardo Costa.

5 de septiembre de 2025 - 20:12

El abogado y experto tributarista Leonardo Costa solicitó un informe que busca aclarar el tratamiento impositivo de los derechos de transmisión y publicidad del fútbol uruguayo y, en ese sentido, explicó que la Constitución exonera de impuestos a las instituciones deportivas únicamente en las actividades que son su objeto directo como la práctica del fútbol y que los tribunales ya han establecido jurisprudencia al respecto.

“El alcance constitucional de la exoneración a las instituciones deportivas es básicamente a todas las actividades que están dentro del objeto. Esto es, por ejemplo, el fútbol, la publicidad dentro del fútbol, o sea, de las camisetas”, explicó.

Costa señaló que se trata de “una vieja discusión”, y que, a su entender, “si la AUF, en forma directa, se hiciera cargo de los derechos del fútbol uruguayo, de no estar gravada, estaría compitiendo en forma desleal con una empresa comercial que paga todos sus impuestos”.

El abogado advirtió que si la Organización del Fútbol del Interior (OFI) o la propia AUF explotaran de forma directa los derechos de televisión y de publicidad, se generaría una situación de competencia desleal frente a empresas comerciales que sí deben tributar el IVA y renta por estas actividades.

“No se puede, tras una organización sin fines de lucro, realizar actividades que son competitivas netamente con las comerciales que desarrollan otras empresas, porque de lo contrario los precios estarían en desigualdad de condiciones”, afirmó.

El informe fue realizado por el contador y catedrático Félix Abadi.

Costa sostuvo que la explotación comercial directa de los derechos del fútbol por parte de instituciones deportivas no debería estar exonerada de impuestos, ya que vulnera el principio de equidad tributaria.

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