La Justicia condenó a tres militares por un delito de ultraje público al pudor tras descartar que hayan cometido una violación grupal contra una joven de 19 años en el entorno del polideportivo de Paso Carrasco, en setiembre de 2025.
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SUSCRIBITELa investigación fiscal concluyó que hubo consentimiento en la relación entre los imputados y una joven de 19 años.
La Justicia condenó a tres militares por un delito de ultraje público al pudor tras descartar que hayan cometido una violación grupal contra una joven de 19 años en el entorno del polideportivo de Paso Carrasco, en setiembre de 2025.
Los tres habían sido imputados el año pasado por abuso sexual, ante la presunción de que habían violado grupalmente a la joven. Sin embargo, las pruebas reunidas durante la investigación, a cargo del fiscal de Ciudad de la Costa Luis Álvarez, determinaron que hubo consentimiento en la relación sexual, lo que llevó a un cambio en la calificación del delito.
Según informó El País y surge de la sentencia, el 9 de setiembre de 2025, a las 21:00, seis militares del Batallón de Ingenieros de Combate Nº 6 caminaron hacia el polideportivo de Paso Carrasco. Se habían olvidado un parlante y le pidieron a la joven que se encontraba allí si les podía prestar el suyo.
La mujer accedió y también aceptó tomar vino con ellos. Luego se retiró hacia el fondo del lugar con uno de los imputados para mantener relaciones sexuales. De acuerdo con la Fiscalía, en base a los testimonios, la joven le manifestó al hombre que quería tener relaciones sexuales también con sus compañeros y dos de ellos decidieron sumarse.
Una de las tres amigas de la joven vio la situación y les preguntó si querían preservativos. También le consultó a su amiga si quería irse, pero ella respondió que no.
El sereno del lugar observó la situación y llamó al 911. Cuando llegó la Policía, la joven comenzó a llorar. La investigación concluyó que el llanto se debió a nerviosismo y no a un presunto abuso sexual.
La Fiscalía encontró inconsistencias en los relatos de la joven y del sereno. Con base en las pruebas reunidas, los tres militares fueron condenados como autores de un delito de ultraje público al pudor, por haber practicado actos de carácter sexual en público.
La pena establecida fue de 24 meses de prisión para cada uno. Once de los meses deberán cumplirse en prisión efectiva y el resto en régimen de libertad a prueba.
Los militares habían permanecido seis meses en prisión preventiva y otros 90 días en prisión domiciliaria tras la imputación del año pasado.
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