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judiciales

Intentó sobornar a Caminera por manejar alcoholizado, arrastró a un policía y fue condenado a 12 meses de prisión

El auto fue denunciado por maniobras imprudentes. El conductor no tenía licencia, dio 2,14 de alcohol e intentó sobornar a los policías.

19 de febrero de 2026 - 21:42

Un hombre de 43 años fue condenado a 12 meses de prisión efectiva luego de arrastrar a un efectivo de Policía Caminera durante 300 metros al intentar fugarse de un control en el departamento de Canelones.

El hecho ocurrió en la tarde del lunes, cuando Policía Caminera detuvo un Chevrolet Corsa en el kilómetro 101.500 de la ruta 11, a pocos kilómetros de la ciudad de Canelones. El vehículo había sido denunciado por otros conductores por realizar maniobras imprudentes.

En el lugar, los funcionarios constataron que el conductor no poseía licencia de conducir y presentaba signos de estar alcoholizado. La prueba de espirometría arrojó 2,14 gramos de alcohol en sangre. Según surge de las cámaras corporales, el hombre intentó ofrecer dinero a los policías para evitar las sanciones, lo que fue rechazado por los efectivos.

Mientras se labraban las actas administrativas, el conductor encendió el motor y se dio a la fuga. Un policía intentó detenerlo sujetándose del parante de la puerta, pero fue arrastrado durante unos 300 metros mientras el vehículo circulaba a contramano. Tras una persecución, los móviles lograron interceptarlo. El hombre se resistió al arresto.

Como resultado del operativo, dos efectivos de Policía Caminera fueron asistidos por servicios de emergencia. Uno presentó traumatismos en miembros superiores o inferiores y el otro traumatismo en la mano derecha.

Se constató que el conductor tenía antecedentes reiterados por conducir bajo los efectos del alcohol en 2020, 2022 y 2023.

El Juzgado Letrado de Canelones de 4º Turno lo condenó como autor responsable de un delito de desacato especialmente agravado, un delito de soborno especialmente agravado y un delito de lesiones personales especialmente agravado, todos en reiteración real, a la pena de 12 meses de prisión efectiva.

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