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Balotaje

¿Qué pasa si no voto en el balotaje?

El voto en esta instancia en obligatorio en el sistema electoral uruguayo. Sin embargo, hay circunstancias previstas por la legislación que constituyen justificaciones aceptadas para no emitir el voto.

22 de noviembre de 2024 - 10:18

Las elecciones de 2024 han seguido el calendario estipulado, y tras la reciente primera vuelta, los candidatos Yamandú Orsi y Carolina Cosse, por el Frente Amplio, y Álvaro Delgado y Valeria Ripoll, por el Partido Nacional, se enfrentarán en un balotaje este domingo.

En Uruguay, el voto es obligatorio para todos los ciudadanos habilitados. Sin embargo, existen ciertos casos en los que las personas pueden justificar su ausencia en las urnas sin recibir una sanción. A continuación, se detallan las causales de justificación, los plazos para presentar las pruebas y las posibles multas.

Justificaciones aceptadas

La Corte Electoral permite justificar la falta de votación en las siguientes circunstancias:

- Enfermedad o imposibilidad física: Las personas que no puedan acudir a votar debido a problemas de salud o movilidad deben presentar un certificado médico que confirme su situación. En el caso de que el certificado provenga de una institución privada, deberá estar acompañado de un timbre profesional. También son aceptados los certificados emitidos por establecimientos de salud públicos o asilos.

- Ausencia del país: Si el elector se encuentra fuera de Uruguay el día de las elecciones, puede justificar su inasistencia presentando documentos que acrediten su salida y regreso, como un pasaporte sellado, pasajes o un certificado de la Dirección Nacional de Migración.

- Fuerza mayor: Cualquier circunstancia de fuerza mayor que impida el desplazamiento hasta el circuito de votación podrá justificarse, siempre y cuando se presenten las pruebas necesarias.

Plazos para justificar

Las personas que no voten en las elecciones nacionales de octubre podrán justificar su ausencia durante los 30 días posteriores al acto electoral, es decir, del 29 de octubre al 29 de noviembre. En caso de que tampoco voten en el balotaje de noviembre, el plazo para justificar ambas ausencias se extenderá del 26 de noviembre al 26 de diciembre.

Para realizar la justificación, se habilitará un formulario web en la página de la Corte Electoral, donde los ciudadanos podrán cargar la documentación correspondiente.

Multas y Sanciones

Aquellos ciudadanos que no justifiquen su falta de votación deberán pagar una multa establecida por la Corte Electoral. El monto es de 1 Unidad Reajustable (UR), aunque esta cantidad se duplica para funcionarios públicos o profesionales con título expedido por la Universidad de la República, alcanzando las 2 UR.

El pago de estas multas también podrá gestionarse a través de la página web de la Corte Electoral, facilitando así el cumplimiento de las obligaciones cívicas de quienes no votaron sin justificación.

Un Balotaje Decisivo

El próximo 24 de noviembre se celebrará el balotaje entre las dos fórmulas más votadas en octubre: Yamandú Orsi y Carolina Cosse por un lado, contra Álvaro Delgado y Valeria Ripoll por el otro.

El titular de la fórmula que obtenga más votos se convertirá en el próximo presidente de Uruguay.

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