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Los detalles de la condena al sacerdote de Minas por abuso de menores

“El relato (de las víctimas) es coherente, consistente y sin elaboración estructurada", según las pericias de sus testimonios.

9 de febrero de 2022 - 00:00

Condenaron a ocho años de prisión al sacerdote de Lavalleja que estaba imputado por abuso sexual de menores y la Unidad de Víctimas de Fiscalía presentó detalles en un documento realizado a partir de la sentencia.

Tras una compleja investigación, un sacerdote de Minas que estaba imputado por reiterados delitos de abuso sexual y atentado violento al pudor finalmente fue condenado a ocho años de prisión.

En aquel momento, desde la Fiscalía, se pidió la prisión preventiva del imputado por entender que si permanecía en libertad podía perjudicar el desarrollo de la investigación.

Sin embargo, en esa instancia la jueza resolvió prisión domiciliaria y en esa situación permanecía hasta que en las últimas horas se conoció la condena.

De acuerdo a la investigación fiscal, el religioso -ahora condenado- desde 2014 concurría a la casa de una mujer con la que tenía una larga amistad.

Esta vivía con sus tres hijos, todos menores de edad en ese momento.

Se trata de dos víctimas, hermanas entre ellas, que hoy tienen 16 y 20 años, quienes develaron haber sido víctimas de abuso sexual perpetrado durante varios años por el hoy condenado.

La mujer recurría al imputado solicitando ayudas económicas en reiteradas ocasiones, por lo que el sacerdote iba a la vivienda con alimentos y bebidas.

Fue en estas circunstancias que el cura lograba quedarse a solas con los menores y abusar de ellos.

En setiembre de 2019 las víctimas se animaron a contar estos abusos a su hermano mayor, quien realizó la denuncia que derivó en esta larga investigación que termina con la condena de ocho años al sacerdote.

Sobre la pericia de una de las víctimas que permitió la condena lograda las fiscales Viviana Maqueira y Noelia González, se cita que “el relato es coherente, consistente, sin elaboración estructurada, espontáneo, no es guionada, a medida que va recordando, brinda detalles acorde a desarrollo evolutivo, hay engranaje contextual, pensaba que no le iban a creer, no hizo la denuncia porque la familia se separó. La angustia solo aparece en relación como le afectado esta situación y al hecho del abuso. (…) No impresiona como inducida por tercero el relato”.

La jueza interviniente, Natalia Alessandre Larrosa, entendió que la teoría del caso presentada por Fiscalía es la correcta y señaló que “la estrategia de la defensa ha sido seleccionar dentro de las pruebas producidas y fundar la inocencia en aspectos parciales de esta, desconociendo que no se trata de valorar un único medio de prueba, sino de varios interrelacionados entre sí y que despojan toda duda razonable”.

También se pregunta la jueza cuál sería el beneficio de las denunciantes, y concluye "a juicio de la suscrita, en nada. Se sometió a un proceso penal, enfrentó a su familia (…) sumado al sufrimiento por lo vivido se le suma la crisis familiar, el establecimiento de dos bandos y el dolor porque su madre no le creyó o la desprotegió”. 

 

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