El diputado colorado Felipe Schipani presentó un proyecto de ley denominado “Protección de niños, niñas y adolescentes frente a los riesgos derivados de los servicios de redes sociales”.
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SUSCRIBITELa iniciativa tiene por objeto proteger la salud física y mental, el desarrollo integral, la privacidad, la seguridad y los derechos de niños y adolescentes.
El diputado colorado Felipe Schipani presentó un proyecto de ley denominado “Protección de niños, niñas y adolescentes frente a los riesgos derivados de los servicios de redes sociales”.
La iniciativa tiene como fin “proteger la salud física y mental, el desarrollo integral, la privacidad, la seguridad y los derechos de niños y adolescentes frente a los riesgos derivados de los servicios de redes sociales”.
La medida comprenderá a los proveedores de servicios de redes sociales que ofrezcan sus servicios a personas ubicadas en el país, y deberán “adoptar medidas razonables, proporcionadas, eficaces y auditables para impedir que las
personas menores de 15 años creen, mantengan, reactiven o utilicen cuentas personales”.
El proyecto de ley aclara que la ley no impedirá el acceso de menores de 15 años a contenidos públicos que puedan consultarse con crear una cuenta, siempre que no estén sujetos a restricciones específicas por razón de edad.
Además, los proveedores no podrán exigir una cuenta para acceder a información educativa, sanitaria, cultural, científica o de interés público cuando razonablemente pueda ofrecerse sin identificación.
Los proveedores deberán impedir mensajes de adultos desconocidos, salvo habilitación expresa; desactivar la geolocalización pública; impedir la indexación externa del perfil; limitar la recomendación del perfil a adultos desconocidos; ocultar por defecto indicadores públicos de popularidad; ofrecer límites y recordatorios de tiempo; suspender notificaciones entre las 22:00 y las 7:00 horas, salvo servicios de emergencia o habilitación fundada; facilitar denuncia, bloqueo y asistencia; y evitar patrones engañosos destinados a inducir la desactivación de protecciones.
También se establece que queda prohibida, para menores de edad, la publicidad basada en perfilado comportamental; la utilización de datos sensibles o inferencias sobre estado emocional para recomendar anuncios; la publicidad de apuestas, alcohol, tabaco, productos de nicotina, pornografía, armas u otros productos perjudiciales; la venta o cesión de datos con fines comerciales; y toda técnica manipulativa que explote su inexperiencia o vulnerabilidad.
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