La Corte Electoral habilitó los trámites para justificar la ausencia en las elecciones nacionales del 27 de octubre y en el balotaje del 24 de noviembre, así como para pagar la multa correspondiente en caso de no haber votado ni justificado.
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Elecciones 2024: ¿Cómo saber si tengo multa por no votar?
Según lo dispuesto, las personas habilitadas para votar que no cumplieron con esta obligación deberán abonar una multa de $1.740.
Según lo dispuesto, las personas habilitadas para votar que no cumplieron con esta obligación deberán abonar una multa de $1.740. En el caso de los funcionarios públicos y profesionales titulados por la Universidad de la República, la sanción asciende a $3.480.
Para efectuar el pago, es necesario completar un formulario disponible en el sitio web de la Corte Electoral. Cabe destacar que no hay plazo establecido para realizar este trámite, y deberá abonarse una multa por cada elección en la que no se emitió el voto.
En cuanto a la justificación de la ausencia en las urnas, el plazo para presentar la documentación requerida comenzó el 26 de noviembre y se extenderá hasta el 26 de diciembre. Los interesados pueden acceder al formulario correspondiente en la página de la Corte Electoral y encontrar detalles sobre plazos, causales aceptadas y documentación necesaria.
Causales aceptadas para justificar el no voto:
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Enfermedad, invalidez o imposibilidad física:
- Requiere un certificado médico, que debe incluir un timbre profesional si es emitido por una institución privada. También se aceptan certificados de establecimientos asistenciales o de asilo.
- El trámite puede ser gestionado de manera individual o colectiva por la institución correspondiente.
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Hallarse fuera del país el día de la elección:
- Debe acreditarse mediante documentos como certificados de la Dirección Nacional de Migración, pasaporte sellado, pasajes o constancias de trabajo en el exterior.
- Las personas que regresen al país tienen 30 días para justificar su ausencia. Quienes residen en el extranjero deben acudir a la oficina consular uruguaya más cercana antes o después de la elección, dentro de un plazo de 20 días.
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Razones de fuerza mayor:
- Los interesados deben detallar las causas y presentar pruebas documentales que respalden su imposibilidad de votar.
El cumplimiento de estas instancias es obligatorio en Uruguay, donde el voto es un derecho y deber cívico. Para más información y acceso a los formularios, los ciudadanos pueden dirigirse al sitio oficial de la Corte Electoral.
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