La detención del futbolista Nicolás Schiappacasse generó una discusión en torno a la actuación de la Ley de Urgente Consideración y diferentes actores políticos los utilizaron para defender sus argumentos.
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SUSCRIBITELa detención del futbolista Nicolás Schiappacasse generó una discusión en torno a la actuación de la Ley de Urgente Consideración y diferentes actores políticos los utilizaron para defender sus argumentos.
El debate a favor y en contra de los 135 artículos que serán sometidos a referéndum el 27 de marzo se ha colado en todos los temas con impacto social de los últimos días.
El último caso fue la detención del futbolista. Horas después desde el oficialismo se destacaba que la detención había sido posible gracias a la Ley de Urgente Consideración. Desde la oposición aseguraron que la detención se había logrado gracias a escuchas telefónicas y tareas de inteligencia policial, y que nada tenía que ver la LUC.
El artículo 24, que es uno de los 135 que irán a referéndum, habilita “el registro de personas, de vestimenta, equipaje y vehículo, en busca de armas, drogas u objetos robados, en el marco de procedimientos policiales preventivos rutinarios y del personal militar”.
Este viernes el director de Convivencia y Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior, Santiago González, publicó el audio de la fiscal Carolina Dean en el Control de Detención que publicó FM Gente.
Allí señala que la detención de Schiappacasse fue realizada en un control aleatorio y descartó la utilización de escuchas.
“La verdad es terca y aunque quieran torcerla, ella gana”, escribió González.
Sin embargo desde el Frente Amplio aseguran que este tipo de control estaba habilitado en la Ley de Procedimiento Policial, que está vigente desde 2008.
El artículo 45 de esa ley habilita a registrar “cualquier vehículo de transporte de personas o de carga” en procura de elementos que “puedan poner en riesgo la seguridad propia, de terceros o relacionados con la comisión de hechos ilícitos”.
El artículo 141 de la misma ley le otorgaba a la Policía facultades para “realizar controles, registros y detención de vehículos en cumplimiento de sus funciones de prevención, como encargada de hacer cumplir la ley y como auxiliar de la Justicia”.
El catedrático de derecho procesal de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República, Gabriel Valentín, explicó al diario El Observador que el alcance era muy acotado y que la LUC lo que hace es ampliar el margen de acción de la Policía en este tipo de controles.
Vea el video.
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