El fiscal de Corte, Jorge Díaz, no quiso entrar en la polémica de las modificaciones al Artículo 224 sobre si es necesario o no penalizar las violaciones a las disposiciones sanitarias, pero sí entiende que, en caso de hacer una modificación legal, tiene que ser "clara" para que sea efectiva y se pueda aplicar.
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Díaz afirmó que ley para penar incumplimientos sanitarios debe ser "clara"
"Es la misma redacción o una redacción muy parecida a la norma argentina, es una norma muy parecida a la norma chilena y es una norma muy parecida a otras normas que existen en el ordenamiento jurídico a nivel internacional", sostuvo Díaz.
En tanto, entiende que "la pregunta que tiene que contestar el legislador es si a los efectos de prevenir las conductas que violen las disposiciones sanitarias y pongan en riesgo la salud es necesario el reproche penal o alcanza con el reproche administrativo".
"Si es necesario el reproche penal, es necesaria la aprobación de la norma", puntualizó.
Además, aclaró que dicha norma es una "norma penal en blanco", lo que quiere decir que "hay una remisión a las disposiciones administrativas y por eso las disposiciones administrativas y sanitarias tienen que ser muy claras, muy precisas, muy concretas y sin ambigüedades".
"Tiene que estar claro qué es lo que está prohibido: si está prohibido organizar una fiesta clandestina, tiene que quedar claro; si está prohibido circular en un ómnibus con más del aforo establecido, tiene que estar claro", ejemplificó.
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