Desde este viernes queda habilitada la campaña de declaración jurada del Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF), con acceso al formulario a través de la web de la Dirección General Impositiva (Dirección General Impositiva).
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SUSCRIBITEEl sistema permitirá acceder a declaraciones con datos precargados y consultar si el contribuyente tiene crédito a favor.
Desde este viernes queda habilitada la campaña de declaración jurada del Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF), con acceso al formulario a través de la web de la Dirección General Impositiva (Dirección General Impositiva).
El sistema permitirá acceder a declaraciones con datos precargados y consultar si el contribuyente tiene crédito a favor. También quedará habilitada la agenda para atención personalizada en la DGI.
Los trabajadores dependientes deberán revisar la información precargada, corregirla si corresponde y enviarla. En el caso de los trabajadores independientes, deberán completar los datos vinculados a su actividad, verificar ingresos, retenciones y pagos realizados durante 2025.
Deben presentar declaración jurada quienes durante el año anterior tuvieron más de un empleo en relación de dependencia y superaron los $963.510 nominales anuales. También están comprendidos quienes trabajaron fuera de relación de dependencia y emitieron facturación durante 2025.
En la declaración se podrán descontar pagos de alquiler y, en determinados casos, incorporar cuotas de préstamos hipotecarios.
Si la declaración arroja saldo a pagar, la primera cuota vencerá el 31 de agosto. Si el resultado es a favor del contribuyente, las devoluciones comenzarán a realizarse desde el 28 de julio para declaraciones presentadas antes del 15 de julio. Las presentadas con posterioridad recibirán la devolución a fines de agosto.
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