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CUFA cree que proyecto sobre pirotecnia será puntapié hacia ley nacional

En caso de ser aprobado por el Senado en el 2022, ya no se permitirá importar fuegos artificiales que superen los 110 decibeles.

13 de diciembre de 2021 - 00:00

La Cámara Uruguaya de Fuegos Artificiales destacó como positivo que Uruguay inicie el proceso de regulación de venta y uso de fuegos artificiales, pero sostiene que no pueden pagar un precio tan alto y piden que se les exija emitir sonidos por debajo de muchísimas actividades cotidianas. 

La normativa, que ya fue aprobada por la Comisión de Defensa integrada con Salud de Diputados, pasará el martes a ser analizada por el plenario de la Cámara de Representantes y, de haber consenso, será trasladado al Senado para su discusión y aprobación en el año próximo. Según dijeron desde CUFA, la normativa podría convertirse en referencia para otros países.

"Según la información que hemos intercambiado con los distintos legisladores, el proyecto establece que se saque de circulación todos los fuegos artificiales que generen estruendos cuyo nivel de ruido sea superior a 110 decibeles, según los criterios establecidos por el Servicio de Material y Armamento (SMA) del Comando General del Ejército", explicaron desde CUFA. 

Por otro lado, la normativa establece que el nivel máximo de ruido permitido de los artefactos se irá reduciendo paulatinamente a lo largo de los próximos tres años: a partir de dos años de promulgada la ley, 100 decibeles, mientras que a partir de tres años de promulgada la ley, se permitirán 90 decibeles.

"Nos parece válido si el objetivo del proyecto de ley no es prohibir los fuegos artificiales, sino regularlos", informó Gustavo Prato presidente de la Cámara Uruguaya de Fuegos Artificiales.

Para Prato el proyecto "tiene algunos detalles que el Senado puede rever ya que no considera una distancia para medir los decibeles y no tiene argumento técnico de por qué se establecen 90 decibeles como condición final. El problema es que China aún no puede producir productos aéreos en estas condiciones", aseguró.

Considera al proyecto como "un buen inicio para ir a una reglamentación nacional".

"Hoy estamos con la situación de algunas localidades y Juntas Departamentales que legislan impulsivamente sin participar a todas las partes y que llevan a las comunas al borde de la inconstitucionalidad porque hay una ley nacional en la cual estamos amparados", explicó Prato.

Consideró que la instancia en el Senado debe servir para unificar criterios y que todos los departamentos legislen con la misma ley, "como corresponde a un país con gobierno central como Uruguay", aseguró.

Según se detalla en el proyecto de ley, quedan expresamente exceptuados de las disposiciones "la importación, elaboración, comercialización y almacenamiento de fuegos de artificio esencialmente lumínicos, cuyo sonido no supere el límite establecido por esta ley y que se encuentren debidamente autorizados a tales efectos por la autoridad competente y cuyos responsables estén registrados y habilitados por el Servicio de Material y Armamento (SMA) para desarrollar dicha actividad".

De acuerdo al proyecto, lo mismo ocurre con aquellos productos que sean esenciales para ciertas actividades, como aeropuertos, protección de la agricultura, o los espectáculos públicos o privados de acceso público, que sean realizados por técnicos habilitados y que cuenten con previa autorización del Servicio de Material y Armamento (SMA) y otros organismos competentes.

Por último, el proyecto de ley establece que los artefactos pirotécnicos autorizados "deberán estar identificados con un etiquetado frontal hexagonal, de diferentes colores (verde, amarillo y rojo), que determinen su nivel de ruido. El Servicio de Material y Armamento (SMA) determinará dicha clasificación ajustando esos niveles a los establecidos en la presente ley".

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