Ante la crisis sanitaria por la pandemia del COVID-19, y las medidas para reducir la movilidad, el Banco de Previsión Social (BPS) dispuso que la atención presencial hasta el 30 de abril se limitará a servicios esenciales.
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SUSCRIBITEAnte la crisis sanitaria por la pandemia del COVID-19, y las medidas para reducir la movilidad, el Banco de Previsión Social (BPS) dispuso que la atención presencial hasta el 30 de abril se limitará a servicios esenciales.
El directorio estableció como servicios esenciales disponibles en forma presencial en todas las localidades del país: la solicitud y renovación de préstamos, solicitud de pensiones por sobrevivencia y las consultas por trámites de subsidio de desempleo o subsidio de enfermedad.
Aquellas personas que tenían agendado sus trámites entre los días 12 y 30 de abril inclusive deberán volver a agendarse a través de la página web o de forma telefónica a partir del día 3 de mayo.
El conteo de plazos de vista y notificaciones continuará suspendido hasta el 3 de mayo.
Se mantienen en curso de pago los beneficios que dependan de revisiones administrativas o clínicas hasta la nueva fecha de revisión que sea otorgada por el organismo.
En caso de no comparecencia en la nueva fecha fijada a partir de ese momento la prórroga otorgada quedará sin efecto.
Los servicios asistenciales de la gerencia de salud seguirán actuando como hasta el momento siguiendo directivas del Ministerio de Salud Pública (MSP).
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