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FocoUy

Condenaron a 25 años a un hombre por un femicidio cometido en 2018

El imputado había sido condenado, en primera instancia, por homicidio especialmente agravado.

17 de diciembre de 2021 - 00:00

Un hombre identificado como B.R. fue condenado a 25 años de penitenciaría como autor de un homicidio muy especialmente agravado por femicidio, por un crimen cometido el 25 de diciembre de 2018.

Según informa el portal de Fiscalía el hombre había sido condenado en primera instancia por un delito de homicidio especialmente agravado a la pena de 24 años de penitenciaría, con descuento de la preventiva efectivamente cumplida. Se computaron como atenuante genérica la primariedad absoluta, la agravante especial prevista en el artículo 311 numeral 1 del Código Penal (cometer el acto sobre la persona del concubino o concubina) y las agravantes genéricas de la alevosía y de la nocturnidad.

Tanto la defensa del imputado como la Fiscalía apelaron la decisión judicial. Esta última había pedido la aplicación del agravante de femicidio y solicitó una pena de 28 años de penitenciaría, por entender que B.R actuó “por odio hacia la víctima, ya que éste expresó en la forma de ejecución del delito todo su enojo, bronca, saña, ira, odio; que el imputado ejercía violencia de forma previa al hecho (aunque no existiera denuncia) y que, para el imputado, la víctima no podía dejarlo porque no tenía ese derecho y le pertenecía: a pesar de estar en conocimiento de que ella no quería seguir la relación hace más de un año, él no lo aceptaba, manipulaba de todas las formas para lograr su cometido de seguir ejerciendo dominio y control sobre la víctima”.

La defensa de la víctima, en tanto, suscribió el pedido de apelación entendiendo “falta de manejo de perspectiva de género” por parte de la jueza actuante.

El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2º turno confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, estableciendo que “el imputado decide y mata a su pareja, después que ella finalmente resuelve terminar la relación, luego de haber agotado todas las formas de manipulación y como la pierde en forma definitiva, comete el femicidio, resultando fehacientemente probado el odio, el desprecio y el menosprecio a la mujer por parte del imputado. En conclusión, el imputado ejercía una relación de poder sobre la víctima, no se encontraban en una situación de simetría, y la presionaba y manipulaba para no romper el vínculo de pareja, lo que sin dudas constituye una hipótesis de violencia psicológica aplicable al caso en función de la norma”.

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