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Banco para cobrar sueldo será a elección

9 de mayo de 2016 - 00:00

Desde el mes de octubre, aquellos trabajadores que al 1° de octubre de 2015 estuvieran cobrando su sueldo en un banco o en una red de pagos y cobranzas, podrán cambiar de institución bancaria si así lo desean.

En tanto, aquellos trabajadores que no estuviesen cobrando su remuneración en un banco o en una red de pagos y cobranzas tendrán el derecho hasta el 30 de junio de 2016 de optar por cobrar a través de medios de pago electrónicos y elegir libremente la institución en la cual cobrar su salario.

Si el trabajador no realiza la elección en ese plazo, el empresario deberá elegir por él con previa notificación antes del 30 de setiembre de 2016. En este caso, el trabajador tendrá un plazo de diez días hábiles para ejercer la libre elección luego de ser notificado.

El asesor del Ministerio de Economía, Martín Vallcorba, aseguró a Telenoche que esto es una transformación "muy importante", ya que cuando esté vigente el cambio "los servicios que brinden las instituciones financieras serán un elemento central, no sólo para atraer a los trabajadores sino también para que permanezcan".

Vallcorba explicó que actualmente la institución financiera por la que el trabajador cobra surge de un acuerdo entre la misma y el empleador, dejando por fuera al usuario.

Esta modificación en la Ley de Inclusión Financiera se ejecuta en el marco de la preparación de un proyecto de ley para “perfeccionar” y “profundizar” algunos de los criterios detrás de la ley, que prohibirá el pago mínimo con tarjeta de débito para evitar que se favorezca el pago efectivo.

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