Las personas que pueden recibir devoluciones de IRPF por arrendamientos o alquileres en este 2023 son aquellas que hayan sido contribuyentes del impuesto en 2022.
Para continuar, suscribite a Telenoche. Si ya sos un usuario suscripto, iniciá sesión.
SUSCRIBITELas personas que pueden recibir devoluciones de IRPF por arrendamientos o alquileres en este 2023 son aquellas que hayan sido contribuyentes del impuesto en 2022.
Además, deben ser arrendatarios de inmuebles con destino a vivienda permanente, cuyos contratos hayan sido celebrados por escrito y tengan un plazo igual o mayor a un año, en tanto puedan identificar al arrendador.
La Dirección General Impositiva (DGI) informa que se podrá descontar como crédito fiscal (monto de dinero que te puedes ahorrar al pagar tus impuestos) el equivalente al 6% del precio del arrendamiento efectivamente pagado correspondiente al año 2022.
Ejemplo A:
Una persona física trabaja en relación de dependencia en una sola empresa, durante el año 2022 generó $ 10.580 en concepto de IRPF. Las retenciones que le practicó la empresa en concepto del IRPF fueron de $ 10.580. Esta persona paga en concepto de arrendamientos anuales $ 108.000.
IRPF 2022: $ 10.580
Crédito por arrendamiento: $ 6.480 (6% de $108.000)
Retenciones IRPF 2022: $ 10.580
Crédito a devolver: $ 6.480
Ejemplo B:
Una persona física trabaja en relación de dependencia en dos empresas, durante el año 2022 generó $ 114.263 en concepto de IRPF. Las retenciones efectuadas por las empresas en concepto del IRPF fueron de $ 99.205. Esta persona paga en concepto de arrendamientos anuales $ 180.000.
IRPF 2022: $ 114.263
Crédito por arrendamiento: $ 10.800 (6% de $180.000)
Retenciones IRPF 2022: $ 99.205
Saldo a pagar: $ 4.258
Ejemplo C:
Una persona física trabaja en relación de dependencia, durante el año 2022 y generó $ 11.600 en concepto del IRPF Las retenciones que le practicó el responsable sustituto por concepto de IRPF fueron de $ 11.600. Esta persona paga en concepto de arrendamientos anuales $ 200.000 (corresponde a $20.000 por 10 meses).
IRPF 2022: $ 11.600
Crédito por arrendamiento $ 12.000 (6% de $200.000)
Retenciones IRPF 2022: $ 11.600
Crédito a devolver: $ 11.600
El crédito fiscal a computar se deberá considerar de común acuerdo. En caso contrario, el crédito será considerado en partes iguales.
Si cumple con las condiciones para hacer uso del crédito fiscal por arrendamientos debe presentar la declaración jurada correspondiente, formulario 1102 o 1103 de la DGI.
Suscríbete y recibe todas las mañanas en tu correo lo más importante sobre Uruguay y el mundo.
SUSCRÍBETE