Comunicado de las Cámaras Empresariales a la opinión pública: sobre los cambios a la Ley de Negociación Colectiva:
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Tras la aprobación en el Parlamento de las modificaciones a la ley Nº 18.566 de Negociación Colectiva vigente: "La norma aprobada resuelve varias de las observaciones realizadas a Uruguay por los órganos de control técnicos y tripartitos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) desde hace más de 14 años", afirman las cámaras mencionadas.
"Después de muchos años de inadecuación a la normativa internacional, esta Ley adapta en gran medida nuestra legislación a lo establecido por el Convenio Internacional de Trabajo (CIT) Nº 98 sobre Negociación Colectiva, disposición fundamental y base del sistema tripartito de dicha organización", indicaron.
Ante esta aprobación legislativa, las Cámaras Empresariales firmantes expresan:
1º) Que valoran positivamente la Ley aprobada, que contribuye a superar la mayoría de las observaciones efectuadas por los órganos de control de la OIT desde el año 2008.
2º) Que a pesar de haber presentado ante la OIT las observaciones establecidas por ésta por la falta de adecuación al CIT fundamental Nº 98, el sector empleador ha concurrido a negociar en Consejos de Salarios durante todo este tiempo, cada vez que ha sido convocado, en una muestra de responsabilidad para con los trabajadores, el gobierno y la sociedad toda.
3º) Que la norma aprobada reitera en lo sustancial el proyecto presentado por el Poder Ejecutivo en el período anterior de gobierno, que fuera archivado, y deja aspectos referidos a los contenidos de la negociación tripartita en Consejos de Salarios que no han sido objeto de esta Ley, y que resultan de especial importancia para su plena adecuación a la normativa internacional.
4º) Que por lo expuesto, las Cámaras Empresariales firmantes manifiestan, una vez más, que son partidarias de un sistema de Negociación Colectiva adecuado totalmente al CIT 98.
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