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Tribunal de Apelaciones definirá si mujer puede o no abortar

La jueza de familia Pura Concepción Book accedió al pedido de amparo del padre y obliga a la madre a suspender el proceso de interrupción del embarazo

23 de febrero de 2017 - 00:00

Por decisión de la Justicia, una mujer deberá suspender el procedimiento de interrupción del embarazo en curso y tener un hijo contra su voluntad.

La resolución fue emitida el pasado 21 de febrero por la jueza de familia Pura Concepción Book, de departamento de Soriano, luego de que el padre del bebé  presentará una demanda contra la madre.

De acuerdo a la sentencia a la cual accedió Telenoche, la decisión de la mujer de iniciar un tratamiento para interrumpir la gestación le fue comunicada al padre sobre los últimos días de enero.

La sentencia detalla que  el hombre "por todas las formas posibles" intentó hacerla reflexionar "para que depusiera su actitud" pero resultó "inútil". Por eso acudió a la Justicia "para la protección de la vida del hijo en común".

Si bien las partes no conforman a la fecha una pareja, el hombre manifestó estar dispuesto a hacerse cargo de su hijo, agrega el texto.  

La acción de amparo presentada consta de dos reclamos: proteger sus derechos y el del niño/a y plantear una acción de inconstitucionalidad, ya remitida por la jueza del caso a la Suprema Corte de Justicia. Asimismo, el padre solicita la adopción de medidas cautelares para salvaguardar la vida en camino "prohibiendo continuar procedimientos tendientes a poner fin al embarazo".

La mujer en tanto declaró ante la Justicia tener "rechazo natural al embarazo" y no tener "ganas de estar embarazada". Dijo que también que no se siente preparada para enfrentar el ámbito social, económico, laboral, sicológico. "Todo eso me lleva a ratificar la idea de no tenerlo", explicó. 

¿QUÉ DICE EL FALLO? La jueza basó su sentencia en dos argumentos: el derecho a la vida, que según la magistrada está por encima de limitación que marca la ley del aborto, y en que la mujer no cumplió con todos los requisitos que exige la ley 18.987 también conocida como "Ley del aborto".

La magistrada entiende que la continuación del procedimiento significa un "daño violatorio de los derechos de la personalidad  dado que se lesiona el derecho a la vida del concebido" y que "la co- demandada trabaja, tiene ingresos, tiene otro hijo, vive sola con su hijo, en el fondo de la casa de sus padres, y no paga alquiler por dicho lugar" por lo que no son "razones de ganas, de momentos, de razones sicológicas no comparables".

"Determinada la ilegitimidad manifiesta, en el caso es imprescindible un actuar sin tardanza, y aplicable totalmente estando en juego el derecho a la vida e integridad física del concebido" concluye el documento.

¿CÓMO SIGUE EL PROCESO? El vocero de la Suprema Corte de Juticia (SCJ) dijo a Telenoche Online que los procesos judiciales que deben cumplirse ahora son muy rápidos.

La madre tuvo un plazo de tres días para interponer un recurso de apelación, lo que ya ocurrió. Ahora está corriendo el plazo de la contraparte, es decir, al padre, para que pueda hacer sus descargos. Para esto también el plazo es de tres días. 

Posteriormente la jueza lo elevará al Tribunal de Apelaciones de Familia que corresponda, que tendrá cuatro días hábiles para resolver. 

ABORTO. La ley 18.987 o también conocida como "Ley del aborto" fue aprobada en 2012 bajo la presidencia de José Mujica  y entre sus artículos se detalla que la interrupción voluntaria del embarazo no será penalizada cuando la mujer cumpla con los requisitos establecidos y se realice durante las primeras doce semanas de gravidez. 

El aborto puede hacerse hasta las doce semanas de gestación.  En el año 2015 se hicieron 9.362 abortos legales, según las últimas cifras del Ministerio de Salud Pública.  Es un 9% más que en 2014.

 

 

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