Los contribuyentes ya pueden consultar desde este miércoles si les corresponde una devolución del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) correspondiente al ejercicio 2025.
- Telenoche >
- Nacionales >
¿Quiénes pueden cobrar la devolución de IRPF y cómo hacer la consulta?
Las consultas quedaron habilitadas a partir de este 10 de junio a través de los servicios en línea de la Dirección General Impositiva (DGI).
Las consultas quedaron habilitadas a partir de este 10 de junio a través de los servicios en línea de la Dirección General Impositiva (DGI).
Los trabajadores dependientes que tengan crédito a favor y no deban presentar declaración jurada podrán comenzar a cobrar las devoluciones desde mediados de junio.
En tanto, quienes sí deban realizar la declaración jurada tendrán plazo entre el 29 de junio y el 31 de agosto para presentar la documentación correspondiente.
Para consultar si existe saldo a favor o iniciar la declaración, los usuarios deberán contar con un método de autenticación habilitado por la DGI.
Entre los mecanismos aceptados se encuentran la cédula de identidad electrónica con chip activo y PIN, la identidad gestionada a través de las redes de cobranza, Antel o Correo Uruguayo, así como el usuario de DGI con contraseña.
La campaña personalizada de asistencia para la presentación de la declaración jurada comenzará el 29 de junio y se extenderá hasta el 31 de agosto.
¡Suscríbete a nuestro Newsletter!
Suscríbete y recibe todas las mañanas en tu correo lo más importante sobre Uruguay y el mundo.