Las Elecciones Universitarias 2023 se celebrarán este miércoles 29 de noviembre de 08:00 a 19:00 horas. Las mismas son de caracter obligatoria e involucra a todos los órdenes que conforman la Universidad de la República (Udelar). Conocé en este artículo cuáles son las consecuencias o qué pasa si no sufragas en esta jornada.
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¿Qué pasa si no voto en las elecciones universitarias?
Si no votas en las elecciones universitarias, las consecuencias y sanciones varían según tu condición. También es recomendable consultar el padrón definitivo y el plan circuital para votar en Montevideo y en el interior del país.
Es importante destacar que en el momento de la votación se requiere presentar el documento de identidad (cédula de identidad).
En esta instancia se elegirán representantes para integrar la Asamblea General del Claustro de la Udelar y para integrar la Asamblea del Claustro de cada Facultad.
Además, en la Facultad de Información y Comunicación, la Facultad de Artes, la Facultad de Ciencias Sociales y la Facultad de Química, votará el Orden Estudiantil para elegir sus representantes al Consejo de Facultad.
El proceso eleccionario es gestionado por la Corte Electoral y en ese marco está habilitada la siguiente página en la que podrás consultar dónde votar.
Según la Udelar, la participación en las elecciones es obligatoria para estudiantes, docentes y egresados, y las sanciones por no votar son las siguientes:
Si eres estudiante, la sanción implica la imposibilidad de rendir exámenes durante dos períodos consecutivos.
Por otro lado, en los casos de docentes y egresados, la sanción es una multa de 5 unidades reajustables (UR), que para la fecha implica $8.148,25.
Asimismo, para cobrar su sueldo en dependencias del Estado y empresas privadas en general, los profesionales deberán presentar la constancia de emisión del voto, la constancia de justificación de no voto o el pago de la multa a la Corte Electoral.
Las personas que tengan una causa justificada para no votar, como enfermedad, invalidez, imposibilidad física, estar ausente del país el día de las elecciones, o haber estado imposibilitado de votar por razones de fuerza mayor, pueden tramitar la justificación a través de la página web de la Corte Electoral, hasta 60 días después del acto eleccionario, es decir, al 29 de enero de 2024.
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