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Proponen proyecto de ley para instalar la "Alerta Amber" en Uruguay

Se trata de un sistema internacional de alarma por la desaparición de menores de edad.
30 de noviembre de 2021 - 00:00

El diputado nacionalista oriundo de Florida, Álvaro Rodríguez Hunter, presentó un proyecto de ley para implementar en Uruguay el sistema internacional de "Alerta Amber" ante la desaparición de niños en el país.

La iniciativa, según explica Hunter en la exposición de motivos, surge con el objetivo de fortalecer la búsqueda de personas menores de edad, cuya ausencia siempre se considera involuntaria ya que no poseen la capacidad legal para consentir en forma plena. 

Este sistema de alerta llamado Amber surgió en Estados Unidos tras la desaparición y muerte de Amber Hagerman, una niña de nueve años que fue secuestrada cuando jugaba con su hermano en los suburbios de Dallas (Texas) el 12 de enero de 1996 y fue encontrada muerta cuatro días después. 

La falta de un sistema efectivo con alertas tempranas para la búsqueda y localización de menores desaparecidos o sustraídos culminó en la creación de la "Alerta Amber".

Según considera Hunter, la búsqueda temprana de menores de edad ausentes requiere la existencia de un sistema coordinado de distribución de información, por todos los medios de difusión posible, que permita la rápida localización del menor y su retorno seguro al entorno familiar y/o institucional.

Por esa razón, el proyecto establece que el sistema de "Alerta Amber" estará a cargo del Ministerio del Interior, que se integrará al Protocolo de Registro y Búsqueda de Personas Ausentes, y se coordinarán las actividades con la Fiscalía General de la Nación, el Poder Judicial y el Sistema Nacional de Emergencias (SINAE), comunicando especialmente la situación a los pasos de frontera. 

Asimismo reglamenta que, una vez hecha la denuncia de la ausencia, las autoridades competentes deberán recibir y registrar formalmente la denuncia y deberán adoptar inmediatamente todas las medidas para su localización de la persona.  

“En ningún caso deberá esperarse el transcurso de plazo alguno cuando se denuncie la ausencia de personas formulada ante la autoridad policial, Fiscalías o Poder Judicial, debiéndose comenzar en forma urgente las actuaciones tendientes para localizar cuanto antes a la persona desaparecida”, establece el proyecto de ley. 

Y aclara que antes de lanzar la alerta se deberá contar con el consentimiento del padre, madre, tutor, o familiar directo hasta el segundo grado de consanguinidad. 

El proyecto también estipula que dentro de las dos horas siguientes a la denuncia de ausencia del menor, el Ministerio del Interior, la Fiscalía General de la Nación  y el Sistema Nacional de Emergencias, en forma coordinada, deberán haber difundido a la población en general mensajes para la localización de la persona desaparecida, a través de los medios de comunicación radiales, televisivos, por cable, empresas operadoras de telefonía, redes sociales, cartelería en la vía pública, y avisos en todos los peajes de las rutas nacionales, aeropuertos y puertos del país, y pasos de frontera.  

En tanto, de acuerdo al artículo nueve, “los medios de comunicación interrumpirán la transmisión, si fuere necesario, para dar aviso de la alerta enviado por la autoridad, y mantendrán el mensaje en forma reiterada durante su programación por un plazo mínimo de 24 horas, a menos que dicha alerta sea cancelada antes en forma oficial".

Para la difusión de la "Alerta Amber" el Ministerio del Interior deberá implementar una aplicación para los distintos sistemas operativos de telefonía  móvil y establece que “aquel funcionario público que encontrándose en el servicio competente para recibir una denuncia de desaparición o ausencia, se negare a hacerlo, sin causa justificada, incurrirá en falta grave, como también lo hará aquel funcionario público que estando obligado a dar urgente trámite a la denuncia recibida sobre la desaparición de una persona no lo hiciere”.

En cuanto al proyecto, Hunter expresó que la experiencia internacional muestra que al menos veinte países han adoptado sistemas de alerta temprana para la ubicación de niños, niñas y adolescentes, coordinando acciones a nivel estatal y con el sector privado, permitiendo la más amplia difusión de avisos estandarizados que den cuenta de la ausencia.

De acuerdo a la iniciativa, la notificación de la búsqueda en curso deberá ser acompañada de la fotografía del menor ausente, su nombre, fecha de nacimiento, sexo, lugar y hora aproximada de la desaparición, características físicas, señas particulares y teléfono de contacto para enviar información que debe ser un número único, oficial y conocido por la generalidad de la población.

Para Hunter, la adecuación a los avances tecnológicos “resulta muy importante” para realizar la búsqueda de personas ausentes. 

Por esa razón, el proyecto apunta a la necesidad de incorporar tecnología que permita establecer en imagen el envejecimiento facial teniendo en cuenta el tiempo transcurrido, ya que muchos casos de ausencia son de larga data, y las fotos con las que se cuentan para el eventual reconocimiento de un ausente no reflejan cómo podría ser su apariencia actual. 

La propuesta también pretende fortalecer la capacitación y colaboración internacional en la aplicación de este sistema de búsqueda de ausentes, previendo un mecanismo para la celebración de convenios nacionales e internacionales que acerquen a los operadores uruguayos la formación y experiencia de organismos extranjeros, como International Centre For Missing & Exploited Children (ICMEC) o la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), entre otros.

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