MARTINA BRANDT
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Solo 1.790 personas fueron sancionadas por la ley de faltas y la cantidad de procesos que recibieron una sentencia definitiva no superó el 40% desde que entró en vigencia la Ley de Faltas en agosto de 2013 y hasta el primer semestre de 2015.
Según los estudios anuales que realiza la Suprema Corte de Justicia (SCJ), de un total de 457 procesos en 2013, se dictaron cuatro sentencias, en 2014 de 1.532 solo 598 terminaron con trabajos comunitarios o prohibición de concurrir a eventos deportivos mientas que en el primer semestre de 2015 fueron 1.188 de 4.875 procesos.
De esta manera, si bien la ley fue ampliamente discutida en el Parlamento, las cifras indican que aún presenta fallas de aplicación en algunas áreas.
Surgida en el paquete de 15 medidas para la Convivencia implementado por el gobierno de José Mujica, la ley reactivó los juzgados de faltas y, si bien SCJ destaca la voluntad política de perseguir este tipo de delitos, aún tiene observaciones sobre su efectividad, sobre todo en lo vinculado a la ocupación de espacios públicos.
El ministro de la SCJ, Jorge Chediak, comentó a Telenoche que “lo más frustrante” es la penalización de la ocupación de espacios públicos, donde “el gran problema” está en la coordinación con el Ministerio de Desarrollo Social (Mides).
Esta falta representa el 5% del total de faltas en todo el territorio, es la tercera más recurrente en Montevideo. Sin embargo, en el primer semestre de 2015, un 98% de los casos no recibieron sentencia definitiva.
Chediak apuntó que la cuestión está en “el perfil de quienes cometen este tipo de faltas” y en las dificultades de ubicación de los implicados.
Según expresó el presidente de la SCJ, Ricardo Pérez Manrique en una nota remitida al Parlamento solicitando trabajar en la mejora de la norma, los inconvenientes en los procedimientos “insumen tiempo y trabajo administrativo” y advierte pueden verse resentida la eficiencia del funcionamiento de las sedes. “Se vuelven efectos no deseados”, afirmó.
RANKING. El Estudio de Procedimientos de Faltas concluidos en el primer semestre 2015 y realizado por la SCJ, detalla que del total de faltas cometidas en dicho período, un 89,4% estuvieron vinculadas al tránsito. Esta es una de las áreas en la que la ley funciona mejor.
El 50,2% por conducción de vehículos sin libreta de conducir, otro 20,6% por conducción de moto sin casco y otro 18,6% por conducción “con grave estado de embriaguez”.
En el 60% de los casos de conducción de vehículos con grave estado de embriaguez, la tercera falta con mayor frecuencia, se dictó sentencia definitiva.
TIEMPOS Y CONDENAS. Los tiempos son otro aspecto que preocupa a la SCJ. El informe detalla que en promedio la cantidad de días de trabajo comunitario de los penados fue de 8,87 y, si bien se trata de penas cortas, no ocurre lo mismo con los procesos.
En Montevideo, el promedio de duración de estos aumentó a 56 días respecto de 2014 y 90 días respecto de 2013. En el primer semestre del 2015, el 50% de los casos tuvieron una duración no mayor a cuatros meses, pero en 2014 ese número se ubicada en 30.
La SCJ entiende que “los tiempos de conclusión de los procesos en los Juzgados de Faltas de Montevideo están siendo bastante mayores a los estipulados” dado que, a no ser por motivo excepcionales, la ley indica que no se deberían exceder los 25 días de duración.
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