Este lunes la Fiscalía General de la Nación se manifestó respecto al procedimiento con allanamientos en la radio Azul FM, donde se difundieron audios vinculados a la investigación por la denuncia por violación grupal en Cordón.
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Fiscalía explicó allanamientos en Azul FM por caso de violación grupal
"La Constitución de la República garantiza la máxima y libre emisión de los pensamientos y la discusión en los medios de comunicación, cualquiera sean ellos. La Fiscalía obviamente garantiza también ese ejercicio, ese derecho a total plenitud, simplemente señala que como todo derecho puede tener su limitación cuando la ley así lo dispone", explicó el fiscal de Corte.
En tal sentido, explicó que en muchos casos "quizás como este, es consecuencia de una limitación establecida por ley, no por la decisión de un fiscal o de la Fiscalía General de la Nación, establecida por ley una limitación a ese derecho irrestricto de libertad de expresión y pensamiento".
Dicha limitación está "precisamente consagrada en defensa de otros derechos que también tienen la protección constitucional como lo es el derecho a la intimidad y a la libertad sexual".
El fiscal de Corte dijo poder "asegurar y garantizar de que en forma alguna está en peligro la libertad de expresión de pensamiento ni la libertad de los comunicadores de nuestros medios de prensa".
"Cuando referí que una sociedad no es enteramente libre si no tiene la necesaria información, tengo que hacer referencia al hecho motivante. El hecho motivante de sus preocupaciones fue una investigación de naturaleza penal la cual la Fiscalía tiene la obligación legal de cumplir, investigar y perseguir los delitos, entre otras obligaciones, y en ese inicio de investigación la responsabilidad exclusiva es de quien les habla de considerar que era importante para nuestra sociedad investigar si había un hecho con apariencia delictiva que mereciera la intervención de la Fiscalía y luego de la Justicia Penal uruguaya se adoptó una serie de medidas", dijo en conferencia de prensa.
No obstante, aclaró que "la Fiscalía General de la Nación no elije fiscales, la Fiscalía General de la Nación en este caso lo que hizo fue plantear su inquietud en términos de necesidad de una investigación de naturaleza penal al departamento de Depuración y Asignación para que designara a un fiscal para que investigara el suceso motivante".
"Correspondió a la Fiscalía de Delitos Sexuales de 6° Turno, que no cuenta actualmente con su fiscal titular, la doctora Darviña Viera, quien está certificada por un problema médico y de enfermedad", recordó Gómez.
Por eso, la doctora Mariana Alfaro de la Fiscalía de 5° Turno "estaba subrogando", explicó.
Acto seguido, el fiscal de Corte hizo hincapié en que "los fiscales uruguayos tienen la más absoluta independencia técnica para analizar los casos particulares en concreto, no reciben ni deben recibir indicaciones de cómo obrar en tal o cual caso y eso fue lo que ocurrió".
"La fiscal comienza una investigación en el pleno ejercicio de sus obligaciones ante la ley. Investigación, por otra parte, que contó en cuanto a las medidas adoptadas con el aval de la Justicia, lo que no es un hecho menor independientemente que ya vamos a considerar la pertinencia o no de las medidas cuestionadas ", agregó.
"Como entenderán, un fiscal no debe poner en conocimiento del fiscal de Corte cuáles son las medidas que va a solicitar, que solicitó o que dejó de solicitar en los múltiples casos que diariamente se investigan en nuestro país. Únicamente les diré, porque tiene hasta un aspecto de ridiculez no decirlo, que en este momento habrá 45 o 60 equipos fiscales trabajando respecto a casos de naturaleza penal que están adoptando medidas, solicitando detenciones, órdenes de allanamiento y por supuesto este fiscal de Corte no debe estar supervisando esa actuación de fiscales en los cuales tenemos el máximo respecto y la máxima seguridad del cumplimiento de los deberes que les compete", añadió.
Juan Gómez declaró, en cuarto lugar, que las medidas solicitadas por la doctora Alfaro en el caso en cuestión "fueron formalmente ajustadas a Derecho en el sentido de que fueron solicitadas ante un juez competente que, en definitiva, fue quien las determinó y las autorizó", pero aclaró que "no se cumplió ninguna de las medidas autorizadas, lo único que se obtuvo en lo que se llamó el allanamiento de una emisora de radio fueron los audios de dos programas periodísticos entregados por la dirección de la emisora sin otra dificultad".
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