La fiscal Stella Llorente presentó ante la Suprema Corte de Justicia (SCJ) un recurso se casación contra el fallo del Tribunal de Apelaciones que el pasado 9 de setiembre revocó por unanimidad el procesamiento con prisión de Amodio Pérez.
Para continuar, suscribite a Telenoche. Si ya sos un usuario suscripto, iniciá sesión.
SUSCRIBITELa fiscal Stella Llorente presentó ante la Suprema Corte de Justicia (SCJ) un recurso se casación contra el fallo del Tribunal de Apelaciones que el pasado 9 de setiembre revocó por unanimidad el procesamiento con prisión de Amodio Pérez.
Según informó El País y confirmaron fuentes de la Fiscalía General de la Nación a Telenoche, Llorente entiende que los delitos adjudicaron al ex tupamaro "son de lesa humanidad y por ende no prescriben".
Pérez había sido procesado el 14 de setiembre de 2015 por la jueza Julia Staricco y a pedido de la fiscal por "reiterados delitos de privación de libertad".
Su caso estaba enmarcado por la causa que llevaba adelante la jueza por torturas denunciadas en 2011 por un grupo de 28 expresas políticas. Tras ser procesado, cumplió pena en Cárcel Central hasta que en el pasado octubre se le concedió la prisión domiciliaria.
Los ministros de Tribunal de Apelaciones entendieron, al igual que la defensa de Pérez en su recurso de apelación, que la sentencia de Staricco "rechazó la prescripción de las conductas y negó que hubiere quedado amparado en la Ley de Amnistía".
Asimismo, el Tribunal consideró que "los hechos investigados están sobradamente prescriptos" y dio lugar al argumento de Pérez de que "la colaboración que prestó fue en el contexto de coacción y sobre el entendido de que estaba colaborando con las autoridades y a cambio de lograr el salvoconducto necesario para salir del país".
El dictamen del Tribunal aclaró que el ex guerrillero "integra una categoría especial de personas que no son militares, ni policías, ni tupamaros, ni civiles, generada en la lógica de los hechos que invoca la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado" y que "no puede ser excluido de la Ley de Amnistía".
Pese al dictamen, los magistrados recalcaron en la sentencia que "la revocación de la decisión de enjuiciamiento es sin perjuicio de la valoración que deberá hacerse de las declaraciones realizadas por Pérez, así como las de todos los demás declarantes, en cuanto corresponda, para aclarar los hechos investigados".
Uno de los abogados del ex tupamaro, Andrés Ojeda, dijo en su momento que la sentencia del Tribunal de Apelaciones era "satisfactoria" porque "hace causal a todos los argumentos manejados por la defensa". No obstante, el propio Pérez indicó a Telenoche que "no toma con total satisfacción el fallo porque los delitos por los que se lo acusa no existieron".
"Los niego, los sigo negando y no hay argumento más allá de las declaraciones de mis enemigos declarados", enfatizó.
Suscríbete y recibe todas las mañanas en tu correo lo más importante sobre Uruguay y el mundo.
SUSCRÍBETE