Unasev: reglas sobre drogas son claras

28 de marzo de 2016 - 00:00

La Unidad Nacional de Seguridad Vial (Unasev) planteó que se pretende legislar en base a información inexacta y aseguró que la reglamentación es clara respecto al consumo de drogas a la hora de conducir. "Se ha pretendido señalar -reiteradamente- una falsa contradicción entre una política restrictiva para alcohol y una permisiva para otras drogas", dice el comunicado emitido por la Unasev.

El comunicado plantea que el artículo 41 del Decreto N° 120/014 estableció que  "todo conductor que tenga afectada su capacidad debido al consumo de cannabis psicoactivo se encuentra inhabilitado para conducir cualquier categoría de vehículos que se desplacen en vía pública. Se considera que la capacidad se encuentra afectada cuando se detecte la presencia de THC en el organismo".

La semana pasada, el diputado por el Partido Nacional, José Luis Satdjian, presentó ante la Comisión de Salud de la Cámara de Senadores un proyecto de ley para que la tolerancia cero sea extendido a los conductores bajo el efecto de estupefacientes.

Satdjian considera que la reglamentación respecto a la marihuana es “sumamente imprecisa”, ya que no establece un límite predeterminado en la tolerancia para la conducción. En este sentido, la Unasev explica en el comunicado que los exámenes para otras drogas, equivalentes a las espirometrías, dan resultados binarios por lo que no se puede establecer una mínimo permitido.

"Durante décadas de evidencia científica sobre los efectos del alcohol en conductores muy poco se hizo en materia de políticas públicas en el país, y que Uruguay se encuentra a la par de los países desarrollados en materia de controles de drogas en el tránsito, y a la vanguardia en este tipo de controles en América Latina", dice el comunicado y agrega que se trata de una estrategia progresiva en un tema de gran complejidad.

Respuesta. Ante este comunicado, el diputado Satdjian planteó que algunos miembros de la Unasev no están informados respecto a la situación de conductores bajo el efecto de estupefacientes. En una respuesta publicada en la red social Twitter, el diputado niega que la reglamentación sea clara respecto a la marihuana.

El artículo 15 de la Ley N° 19.172 establece: “Todo conductor estará inhabilitado para conducir vehículos en zonas urbanas, suburbanas o rurales del territorio nacional, cuando la concentración de tetrahidrocannabinol (THC) en el organismo sea superior a la permitida conforme con la reglamentación que se dictará al respecto”. Satdjian entiende que de esto se desprende que se fijará una cantidad mínima.

"De todas formas insistiremos en nuestras propuestas", dice el diputado.

¡Suscríbete a nuestro Newsletter!

Suscríbete y recibe todas las mañanas en tu correo lo más importante sobre Uruguay y el mundo.

Seguí leyendo

Te Puede Interesar